| 2.5.2.1
Efectos no-cancerígenos
Concepto
de tolerancia. Como ya se presentó anteriormente, para que el
tóxico llegue en forma activa a su blanco y cause un efecto permanente
tiene que vencer una serie de obstáculos que le impone el organismo.
Existe un nivel de dosis suministrada abajo del cual no se manifiestan
los efectos tóxicos no-cancerígenos. Como resultado de esto, existe
un rango de valores de exposición, desde cero hasta un valor finito
determinado, en el que el organismo puede tolerar la exposición
sin manifestar ningún daño. El dato importante, en este caso, es
el límite superior del rango de tolerancia para poblaciones sensibles.
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2.5.2.1.1
Dosis de Referencia (DdR)
DdR
es el índice de toxicidad que más se utiliza en la evaluación
de riesgos por exposición a substancias no-cancerígenas. Es
el nivel de exposición diaria que no produce un
riesgo apreciable de daño en poblaciones humanas, incluyendo
las subpoblaciones sensibles.
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Derivación
de DdR.- La DdR se calcula en base al NOAEL.
El
primer paso es obtener el valor de NOAEL de la substancia para la
vía de exposición, tipo de efecto y período de exposición para la
cual se desea calcular la DdR.
Se
selecciona el NOAEL como base para calcular la dosis de referencia
bajo el supuesto de que si se evita el efecto tóxico crítico, entonces
se previenen todos los efectos tóxicos. Si no se ha determinado
el NOAEL se usa el LOAEL. En algunas ocasiones, en los estudios
dosis-respuesta se observan efectos que no son de significancia
toxicológica. Estos datos no se toman en cuenta para determinar
el NOAEL.
Se
pueden calcular varios valores de DdR para una substancia. Se calculan
diferentes DdR dependiendo de la vía de entrada del tóxico, período
de exposición evaluado y de tipo de efecto agudo observado. Es decir
se puede obtener el valor de la dosis de referencia para exposiciones
crónicas orales(DdRco), de la dosis de referencia para exposiciones
crónicas por inhalación(DdRci), de la dosis de referencia para exposiciones
subcrónicas orales(DdRso), de la Dosis de Referencia para efectos
sobre el desarrollo (DdRd), etc.
El
nivel de incertidumbre puede ser muy alto, y este índice no se puede
tomar como una línea de demarcación entre una concentración tóxica
y una no tóxica.
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La
DdR se deriva a partir del NOAEL o LOAEL aplicando en forma
consistente una serie de Factores de Incertidumbre
(FI) y un Factor Modificador (FM).
Cada
uno de los FI representan una área de incertidumbre inherente
a la extrapolación de los datos disponibles. Las bases para
la aplicación de los FI son las siguientes:
-
Se usa un FI de 10 cuando el NOAEL se obtuvo de experimentos
con animales y se quiere extrapolar los resultados para
determinar los niveles protectores para el hombre. Este
factor tiene por objeto tomar en cuenta las diferencias
interespecies entre el hombre y los animales de estudio,
- Se
usa un FI de 10 para tomar en cuenta la variabilidad en
la población general. Tiene por objeto proteger a las subpoblaciones
más sensibles (niños, ancianos)
- Se
usa un FI de 10 cuando el NOAEL se obtuvo de un estudio
subcrónico y se desea estimar la DdRc
- Se
usa un FI de 10 cuando se usa el LOAEL en lugar del NOAEL.
Este factor intenta considerar la incertidumbre asociada
con la estrapolación de LOAEL a NOAEL
El
FM se aplica como sigue:
- Se
aplica un FM entre 0 y 10 para reflejar una evaluación cualitativa
profesional de las incertidumbres adicionales en el estudio
crítico y en la base de datos que no se hayan mencionado
entre los FI precedentes. El valor normal del FM es 1.
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Para
calcular la DdR se divide el NOAEL (o LOAEL) por el producto de
todos los FIs y FM.
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DdR
= NOAEL/FIs x FM
Donde
FIs es el producto de todos los FI, FM es el factor modificador
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Consideraciones
sobre el tiempo de exposición. Las DdR crónicas (DdRc) se calculan
para proteger de las exposiciones continuas durante todo el período
vital. Como una guía general, este índice se utiliza para evaluar
efectos no-cancerígenos por exposiciones por períodos mayores de
7 años (10% de la expectativa de vida ).
Las
DdR subcrónicas (DdRs) son útiles para caracterizar efectos no-cancerígenos
en exposiciones de corta duración, entre dos semanas y siete años.
Las exposiciones de corta duración suceden cuando una actividad
determinada se lleva acabo por un número limitado de años o cuando
la substancia se degrada hasta alcanzar niveles insignificantes
en un lapso relativamente corto. Hay muy pocos valores de DdRs homologados
como índices de toxicidad verificados.
En
el cálculo de DdR de desarrollo (DdRd) se obtiene evidencia referente
a la potencialidad de una substancia para causar efectos adversos
en organismos en desarrollo, como resultado de la exposición de
cualquiera de los padres antes de la concepción, de la madre durante
el período de gestación o del individuo desde el período postnatal
hasta la maduración sexual. Los efectos adversos pueden incluir
la muerte, anormalidades estructurales, crecimiento alterado y deficiencias
funcionales.
La
evidencia se pondera y se le asigna a la substancia una designación
de peso-de-evidencia. Se establecen tres niveles que indican el
grado de confiabilidad en la información: evidencia definitiva,
evidencia adecuada y evidencia inadecuada. Las categorías de evidencias
definitivas y adecuadas se subdividen para indicar si la evidencia
demostró que sí se producen o que no se producen efectos adversos.
Después
de asignar la clasificación por peso de la evidencia, se selecciona
un estudio para la identificación del NOAEL. El NOAEL se transforma,
si es necesario, en dosis equivalente humana y se divide por FI
similares a los descritos anteriormente.
Las
DdR de desarrollo están basadas en exposiciones de corta duración,
porque aún una exposición única en períodos críticos (v.g.., durante
la gestación) puede ser suficiente para producir efectos adversos
de desarrollo.
Consideraciones
sobre la vía de exposición. La filosofía detrás del cálculo
de la DdR es la misma, independientemente de cual sea la vía de
exposición, sin embargo, la forma de calcularla es diferente.
Si
en los estudios experimentales la exposición fue intermitente, la
DdR se calcula ajustando los valores observados de tal manera que
reflejen exposiciones continuas.
El
procedimiento de cálculo de las dosis de referencia orales es el
descrito anteriormente.
Los
valores tabulados de las DdRco están expresados en mg de substancia
por Kg de masa corporal por día.
Cuando
la vía de exposición es el aparato respiratorio, la extrapolación
de datos obtenidos con animales debe de considerar
- las diferencias anatómicas entre el animal de estudio y el hombre.
Estas diferencias pueden afectar el patrón de deposición, salida
y redistribución de los contaminantes. Consecuentemente, las diferentes
especies, no recibirán la misma dosis de contaminante en los mismos
lugares del aparato respiratorio, aunque hayan estado expuestos
a las mismas concentraciones de partículas o gases.
- Las dosis calculadas en animales se convierten a dosis equivalentes
en humanos sobre las bases de consideraciones de fisiología comparada,
v.g., parámetros de ventilación y superficie de las diferentes
regiones pulmonares.
Las diferencias en las características físicoquímicas de los contaminantes,
tales como tamaño y forma de las partículas, o si el contaminante
es un aerosol o un gas, también influyen en los patrones de deposición,
salida y redistribución.
Los valores de DdRci tabulados se expresan en función de la concentración
del tóxico en el aire en mg por metro cúbico para una exposición
continua de 24 horas por día.
Otros índices. Además de las DdR se han calculado y publicado
otros índices de toxicidad que se denominan HA1 y HA10
para exposiciones de corta duración. Son concentraciones de contaminantes
en agua potable, a las cuales no se presentan efectos adversos si
la exposición es de una duración especificada, un día o 10 días
respectivamente. Estos índices de toxicidad no-cancerígena se obtienen
dividiendo el NOAEL por los FI y FM adecuados. Se basan en que un
niño de 10 Kg. ingiere 1 litro de agua por día y se incluye un margen
de seguridad para proteger a los miembros más sensibles de la población.
Los HAs no incluyen ningún riesgo cancerígeno aún si la substancia
es un cancerígeno potencial.
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